Precios de Transferencia en Perú: ¿Monto Mínimo? Lo que debes saber
Precios de Transferencia en Perú: ¿Monto Mínimo? Lo que debes saber
En el Perú, la Ley del Impuesto a la Renta no establece un monto mínimo para aplicar las reglas de precios de transferencia. Esto significa que, independientemente del valor de la operación, si se trata de transacciones entre partes vinculadas o con territorios de baja o nula imposición, siempre debe realizarse un estudio de precios de transferencia que sustente el valor de mercado.
Por otro lado, la Resolución de Superintendencia N.º 014-2018/SUNAT, referida a la Declaración Jurada Informativa Reporte Local (Formulario Virtual N.º 3560), establece que no es necesario reportar las operaciones cuyo monto individual sea inferior a 2.5 UIT, lo que equivale a:
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2025: S/ 13,375
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2024: S/ 12,875
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2023: S/ 12,375
En otras palabras, aunque no todas las operaciones deben presentarse formalmente ante la SUNAT, todas deben estar correctamente analizadas y documentadas, ya que podrían ser objeto de revisión en una fiscalización.
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