4. INFORME N° 000087-2023-SUNAT/7T0000
SUNAT concluye que “1. La Cláusula de No Discriminación recogida en los CDI suscritos por el Perú con Suiza, México, Corea y Portugal resultará de aplicación para los nacionales de tales Estados incluso si no ostentan la condición de residentes en éstos.
2. La Cláusula de No Discriminación recogida en los CDI suscritos por el Perú con Brasil, Chile y Canadá resultará de aplicación para los nacionales de tales Estados que, al mismo tiempo, ostenten la condición de residentes en éstos”.
Para mayor detalle podrá descargar el Informe 000087-2023-SUNAT/7T0000 aquí
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