Amplían plazo para que facturas electrónicas estén a disposición de SUNAT

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Decreto de Urgencia N° 050-2021

Mediante el presente Decreto de Urgencia, se estableció medidas para la implementación de la puesta a disposición del adquirente del bien o usuario del servicio y de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) de la factura y recibo por honorarios electrónicos durante la pandemia.

Para ello de manera excepcional, se establece que el plazo máximo establecido en el numeral 6.3 del artículo 6° del Decreto de Urgencia N° 013-2020, respecto a la puesta a disposición del adquiriente, usuario o SUNAT, se amplía hasta cuatro (4) días calendario.

El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.

Para mayor información clic Aquí

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