Servicios Complementarios de Transportes de Carga
peruInforme N° 000076-2021-SUNAT/7T0000
Con fecha 03 de agosto de 2021, se publicó el Informe N° 076-2021-SUNAT/7T0000 a través de cual se consulta si califican como exportación los servicios complementarios al transporte de carga a que se refiere el numeral 10 del sexto párrafo de artículo 33° de la Ley de Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, que se presten en zona primaria de aduanas a favor de transportistas de carga internacional domiciliados en el país, de acuerdo a ello, se concluye lo siguiente:
“Califican como exportación los servicios complementarios al transporte de carga a que se refiere el numeral 10 del sexto párrafo del artículo 33° de la Ley del IGV, que se presten en zona primaria de aduanas a favor de transportistas de carga internacional domiciliados en el país.”
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